El Estado y la reparación del daño: el derecho a la memoria



<Foto de James Rodríguez

En lugares donde el conflicto ha dejado heridas profundas en las personas o comunidades, el recordar para que los hechos que sufrieron en el pasado no se repitan se ha convertido en un instrumento para la reconstrucción social. Ejemplos como el de la organización Ave Fénix, conformado por un grupo de mujeres antioqueñas que vivieron la guerra, víctimas de desplazamiento forzado y de violencia sexual, encontraron en la escritura un método de sanación y una forma de plasmar sus memorias. Así en 2018 lograron publicar un libro llamado "El vuelo del fénix" que contiene 52 textos que recuerdan aspectos de lo vivido durante el conflicto y que dicen, ”les ha servido para sanar las heridas que les dejó la guerra".[1]
 
Todo Estado constitucional y democrático garante de la protección de los Derechos Humanos, como lo es el Estado mexicano, tiene la responsabilidad y la obligación de responder a las víctimas, que, de alguna forma, sus derechos humanos por acción u omisión del gobierno han sido vulnerados. [2]
Dentro de los convenios y estándares internacionales, entre los que podemos mencionar el articulo 63 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que abarca medidas de reparación tanto en la esfera material como la inmaterial, las víctimas tienen derecho a recibir una reparación integral de los daños. Esta reparación consta de justicia, no repetición, verdad y memoria.
En el caso de la memoria, más que una reparación tradicional, como podría ser la remuneración económica, es una reparación simbólica, que pretende resarcir los daños tanto en lo social como en lo psicológico. La víctima o víctimas tienen el derecho al rescate del pasado, como un eje fundamental a su reconocimiento y dignificación de su persona y su comunidad. El derecho a la memoria ha sido desarrollado en gran medida por la jurisprudencia de los distintos órganos componentes de los sistemas regionales y universales de protección de los Derechos Humanos

¿Qué es el derecho a la memoria? 

En las últimas décadas la reconstrucción de la memoria ha adquirido gran importancia para grupos vulnerables o que históricamente han sido invisibilizados, como podrían ser las mujeres, afroamericanos, indígenas, las culturas colonizadas, trabajadores, perseguidos políticos, etc. Por eso es importante señalar que hay una gran diferencia entre la memoria oficial, esa que el Estado usa para generar identidad nacional y ocultar acontecimientos y la memoria surgida de los propios grupos vulnerados.

La memoria es esencial en la vida de las personas y de las colectividades, pues sobre ella construimos nuestra identidad como personas, pero también como comunidad. Nos permite situarnos en contexto, a no olvidar y con ello a la no repetición de actos que pudieran violentar a grupos o personas. Pero también para exhibir a todos aquellos que se beneficiaron con la catástrofe y la barbarie como podrían ser, empresas, gobierno, o grupos particulares. 
Felipe Gómez Isa quien ha trabajado los temas de el Derecho a la Memoria y reparación integral dice que la memoria debe plantearse como un legítimo derecho jurídico tanto en lo individual como en lo colectivo, pero nunca olvidando su dimensión social y cultural.
“La memoria se ha convertido en una categoría ético- filosófica, política y jurídica, convirtiendo al recuerdo en un auténtico deber moral, en un antídoto contra la barbarie y el olvido en que han caído muchas veces las víctimas de las violaciones de los derechos humanos más básicos” (Isa, desaparecidos.org, s.f.)

De igual forma la memoria puede significar un espacio de resistencia para los grupos afectados, convirtiéndose en una antítesis de la la historia oficial y hegemónica. 
Para el historiador Pierre Nora, la memoria es ese espacio de resignificación e identidad que toman los grupos para la recuperación de su propia historia

“Hay una suerte de explosión de las memorias grupales, femeninas, religiosas, judías, campesinas; de los gays, de los antiguos pueblos coloniales, que no habían sido reconocidas por la historia oficial, muy centrada en el Estado, y que reclamaban ser consideradas. Lo que estos grupos llamaban la recuperación de sus memorias era la recuperación de sus propias historias.” (Nora, 2018)

Por eso la memoria se ha convertido en un derecho de reconocimiento internacional como elemento vital para poder llegar a la verdad y obtener justicia. El Estado a través de conjuntos de normas y políticas públicas destinadas especialmente a personas, grupos y comunidades tiene la obligación de hacer valer este derecho. 



El Estado y el derecho a la memoria

La memoria resulta necesaria en cuanto es un elemento que conforma la reparación del daño, pues el recuerdo se convierte en un ingrediente esencial de la reparación que se debe a las víctimas y una herramienta para poder encontrar justicia. Hay que tomar en cuenta que muchas veces la memoria está permeada por intereses políticos e ideológicos. Ya que muchas veces la memoria depende de las instituciones y al ser una obligación del Estado, lo más común es que sea este el único que despliegue y legitime su control sobre ella, mitifica los sucesos, creando así, héroes, villanos y cobardes.

Por eso es importante apostar por una verdadera memoria que surja del propio individuo o grupo afectado y que dignifique su persona y apele a su identidad. Que apueste por un futuro que aprende del pasado y que se propone a no repetir. Solo así la memoria se puede convertir en una herramienta para hacer justicia y acceder a la verdad. 
Para las víctimas la verdad es fundamental y muchas veces este acceso a la verdad se sustenta en los procesos de derecho a la memoria histórica. así lo determina la Corte Penal Interamericana, dicha política de la memoria cumple principalmente dos funciones: la creación de una conciencia o memoria colectiva para evitar la repetición de los hechos y la reparación a las víctimas, a través de su recuerdo, para evitar que se posibilite el olvido que se traduce en impunidad.

Podemos decir que el derecho a la memoria implica las dimensiones tanto jurídicas como la sociales y psicológicas. No es suficiente el simple hecho de apelar a la memoria si esta no viene acompañada de una construcción ético-político.
Para ello la participación ciudadana es fundamental, pues sin la participación de la víctima no hay memoria y sin memoria no hay paz. Porque su identidad como individuo y como colectivo es esencial para la creación de una verdadera subjetividad que ayude a crear verdades históricas.  


[2] Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos [Const.] (1917) Articulo I Párrafo III

[1] http://hacemosmemoria.org/2018/04/24/ave-fenix-mujeres-que-escriben-para-sanar/  

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